
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
CAMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 271
4 de febrero de 2009
Presentada por el representante Peña Ramírez
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a las Comisiones del Trabajo y Relaciones Laborales y la de Hacienda de la Cámara de Representantes, a realizar una investigación en torno a las múltiples cesantías de empleados que han venido ocurriendo en el país por comercios receptores de diferentes beneficios o concesiones contributivas, así como tratos preferenciales de alguna índole; y para otros fines.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Recientemente trascendió en la prensa local que alrededor de sesenta y seis (66) empleados de la Cervecería India, en el municipio de Mayagüez, fueron despedidos de sus empleos. Este es el ejemplo más reciente de comercios en Puerto Rico que han optado por cesantear empleados en consideración a la crisis fiscal.
No obstante, muchos de ellos han sido beneficiados en el pasado por tratos contributivos preferentes así como con decretos por el Gobierno dirigidos a incentivar y desarrollar su permanencia en la Isla.
A los fines de velar por el fiel cumplimiento de las leyes y estatutos que rigen y salvaguardan los derechos de cada trabajador, garantizado en principio por la Carta de Derechos de nuestra Constitución, que la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico investigue tan alarmante situación.
RESUELVESE POR LA CAMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1. - Se ordena a las Comisiones del Trabajo y Relaciones Laborales y la de Hacienda de la Cámara de Representantes, a realizar una investigación exhaustiva en torno a las múltiples cesantías de empleados que han venido ocurriendo en el país por comercios receptores de diferentes beneficios o concesiones contributivas, así como tratos preferenciales de alguna índole en materia económica; y para otros fines.
Sección 2. - Las Comisiones rendirán informe periódicos con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, durante el transcurso de la Decimosexta Asamblea Legislativa.
Sección 3. - Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
(Esta resolución fue aprobada por la Cámara de Representantes el 5 de febrero de 2009)